BACConsultoría en Lavado de DineroPrevención de Lavado de DineroModificaciones al Reglamento de la “Ley Antilavado”.

1 abril, 2026by BAC

El pasado 27 de marzo, se publicó en el Diario Oficial de la Federación un Decreto que reforma el Reglamento de la Ley Federal para la Prevención de Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita, conocida popularmente como “Ley Antilavado”. 

Dicha reforma obliga a que todos los fideicomisos, a través de los cuales se lleven a cabo “Actividades Vulnerables”, en términos de la mencionada Ley, se inscriban en el Registro Federal de Contribuyentes (RFC) y cuenten con Firma Electrónica Avanzada (FIEL). 

Lo anterior, independientemente de que el artículo 13 de la Ley del Impuesto sobre la Renta solamente reconoce a los “Fideicomisos Empresariales”, pues con este modificación, Fideicomisos que no lleven a cabo actividades empresariales tendrán que ser inscritos al RFC. 

Es decir, que la inscripción en el RFC y obtención de la FIEL de los Fideicomisos, ya no depende de su naturaleza fiscal, sino de su vinculación con “Actividades Vulnerables”.

Recordemos, que de acuerdo con el artículo 27 del Código Fiscal de la Federación, el RFC se establece para el debido cumplimiento de obligaciones fiscales y no para efectos de la llamada “Ley Antilavado”, por lo que es posible que esta modificación al Reglamento, además, de ser ilegal sea inconstitucional. 

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