El pasado 15 de abril, fue publicada en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México la “Resolución de Carácter General Mediante la Cual se Condonan los Adeudos, Multas Fiscales, Recargos y Gastos de Ejecución Ordinarios de Contribuciones y se Brindan las Facilidades Administrativas que se Indican”, a través de la cual se condona el 100% del pago de multas, recargos y gastos de ejecución por los siguientes conceptos:
- Impuesto sobre Adquisición de Inmuebles;
- Impuesto Predial;
- Impuesto sobre Espectáculos Públicos;
- Impuesto sobre Loterías, Rifas, Sorteos y Concursos; V.- Impuesto sobre Nóminas;
- Impuesto sobre Tenencia o Uso de Vehículos;
- Impuesto por la Prestación de Servicios de Hospedaje;
- Derechos por el Suministro de Agua;
- Derechos de Descarga a la Red de Drenaje;
- Derechos de Control Vehicular (Refrendo)
- Multas por Infracciones a las Disposiciones Fiscales distintas a las obligaciones de pago
Asimismo, la referida Resolución establece que los contribuyentes que se adhieran a dicho programa o se encuentren al corriente en las contribuciones anteriormente señaladas por lo que se refiere a los ejercicios exigibles de conformidad con el Código Fiscal de la Ciudad de México, adicionalmente les serán condonados los adeudos anteriores al ejercicio fiscal 2014 de las referidas contribuciones, así como las actualizaciones, recargos, multas y gastos de ejecución ordinarios y extraordinarios correspondientes.
Los contribuyentes que hayan controvertido mediante recurso administrativo o ante el Tribunal de Justicia Administrativa de la Ciudad de México o ante el Poder Judicial de la Federación, la procedencia del cobro de créditos fiscales, deberán desistirse de dichos medios de defensa y exhibir ante la autoridad fiscal el original o copia certificada y copia simple del acuerdo de desistimiento.
Por otra parte, no procederá la condonación cuando el contribuyente se encuentre vinculado a un procedimiento penal por la probable comisión de un delito de carácter fiscal de los que prevé el Código Fiscal de la Ciudad de México.
EI plazo para regularizar los adeudos fiscales y obtener la condonación de referencia comprende desde el 15 de abril del 2019 y hasta el 31 de julio del mismo año.
Por último, la referida Resolución establece que los contribuyentes que así lo deseen podrán optar por el pago con tarjeta de crédito, bajo la modalidad de pago a meses, debiendo cubrir un cargo adicional a razón del 8% sobre la contribución actualizada.
En caso de que requiera mayor información sobre este o, en su caso, tengas interés en este tema, no dude en contactarnos en el siguiente correo electrónico: contacto@bac.com.mx.
Atentamente,
Bueno, Acevedo y Castillo, S.C.