El pasado 28 noviembre, el Servicio de Administración Tributaria concedió una prórroga hasta el 31 de marzo de 2023, para que los contribuyentes, físicas o morales, puedan contar con los datos relativos al nombre, razón o denominación social, el código postal del domicilio fiscal y el uso del comprobante que exigen las disposiciones fiscales para la emisión de los CFDI en su versión 4.0.
Por su parte, el Servicio de Administración Tributaria concedió una prórroga hasta el 31 de julio de 2023, para que los contribuyentes, físicas o morales, hagan la incorporación al CFDI de la Carta Porte. En este sentido, la aplicación de sanciones por la omisión de esta obligación no podrá ser aplicadas con anterioridad a la fecha mencionada.
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Bueno, Acevedo y Castillo, S.C.