GeneralNoticia sobre depósitos en efectivo

10 junio, 2020by BAC

En los últimos días, ha circulado en las redes sociales y en medio de comunicación una noticia que señala que, derivado de las reformas efectuadas a las diversas normas fiscales, que entraron en vigor este año, los contribuyentes que reciban depósitos bancarios mayores a $5,000 deberán presentar una declaración ante el Servicio de Administración Tributaria (en adelante SAT), respecto dichos depósitos.

Al respecto, es preciso recordar que, a partir del 1 de junio pasado, entraron en vigor diversas disposiciones, en relación con el Impuesto sobre la Renta y el Impuesto al Valor Agregado, con motivo de la prestación de servicios digitales, a fin de que las plataformas o aplicaciones digitales, por medio de las cuales se prestan dichos servicios, retengan y enteren el impuesto sobre la renta y el impuesto al valor agregado respectivo.

Una de dichas obligaciones es la prevista en el artículo 113-A de la Ley del Impuesto sobre la Renta, el cual impone la obligación a las plataformas digitales de efectuar retenciones a aquellos que enajenen bienes o presten servicios a través de dicha plataforma, que obtengan ingresos mensuales a partir de $5,000.

Dicho impuesto debe ser enterado al SAT de manera mensual por parte del retenedor, es decir, de la propia plataforma digital.

En este sentido, contrario a lo señalado en la noticia difundida, no existe obligación alguna de presentar declaración alguna por los depósitos que se tengan en las cuentas bancarias por la cantidad de $5,000.

Inclusive, en días pasados tanto el SAT como la Procuraduría de Defensa del Contribuyente (PRODECON) emitieron notas en las cuales aclararon la falsedad de dicha noticia.

En caso de que requiera más información sobre las nuevas obligaciones fiscales de las plataformas digitales, no dude en contactarnos en el correo electrónico: contacto@bac.com.mx

Atentamente,
Bueno, Acevedo y Castillo, S.C.

BAC

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