Recientemente, la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, al resolver el amparo en revisión 116/2024, sostuvo la inconstitucionalidad de la tarifa del impuesto predial en la Ciudad de México, correspondiente al año 2023.
Ello, puesto que dicha tarifa no es progresiva, lo que implica que los contribuyentes paguen en función de una capacidad que no les corresponde, violándose así el principio de proporcionalidad tributaria previsto en el artículo 31, fracción IV de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Cabe señalar que la falta de progresividad de la tarifa en el impuesto predial de la Ciudad de México se mantiene en el año 2024, por lo que será importante analizar, caso por caso, a fin de determinar la aplicación de este impuesto en los contribuyentes.
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Atentamente,
Bueno, Acevedo y Castillo, S.C.