Recientemente, el Servicio de Administración Tributaria estableció un programa de Regularización Fiscal, a través del cual se autoriza la disminución, reducción o, en su caso, condonación de las multas, recargos y gastos de ejecución que los contribuyentes ya tengan determinadas por dicha autoridad y que sus ingresos totales no excedan de 35 millones de pesos en el ejercicio fiscal que se pretende corregir.
Para aplicar este beneficio, es necesario que el contribuyente que lo solicite no haya solicitado una condonación en el pago de créditos fiscales, de acuerdo a los programas de condonación masivos de los años 2000, 2007 y 2013, que los créditos fiscales no excedan de 35 millones de pesos, no estar condenado por los delitos fiscales y no estar publicado en las listas que regulan los artículos 69-B y 69-B Bis del Código Fiscal de la Federación.
En caso de que requieras información adicional sobre la aplicación de este programa de reducción o condonación, contáctanos, a través del correo electrónico: contacto@bac.com.mx.
Atentamente,
Bueno, Acevedo y Castillo, SC